martes, 30 de octubre de 2012

27 octubre 2012 (3) La Gaceta

27 octubre 2012

La resolución es “irrevocable”
“Bolinaga no volverá a la cárcel aunque mejore”







El fiscal de la Audiencia Nacional explica que el etarra tendría que volver a delinquir para ingresar en prisión: "La mejor decisión era el tercer grado".
“La concesión de la libertad condicional al etarra Jesús María Uribetexebarría Bolinaga es irrevocable. Esto significa que no ingresará en la cárcel aunque mejore de su cáncer o enfermedad grave”, afirmó ayer a LA GACETA el fiscal de la Audiencia Nacional Jesús Santos. “Ya no hay marcha atrás en la decisión que adoptó el pasado mes de septiembre la Sala Penal de la Audiencia salvo que Bolinaga cometiera un nuevo hecho delictivo, una situación que no nos planteamos”.
Santos, que moderó junto a su ex compañero en la Audiencia Juan Moral la jornada sobre la reforma del proceso penal organizada por la Fundación Ramón Areces, explicó que “por esta razón la Fiscalía consideraba que la mejor situación penitenciaria para Bolinaga era el tercer grado, que permite una flexibilidad de entradas y salidas de esta persona de la prisión para recibir los tratamientos médicos que sean necesarios.
De esta manera, el fiscal de la Audiencia se refirió a la presencia del etarra en bares de Mondragón. “Era una consecuencia previsible, la evolución de su enfermedad una vez que se inician los tratamientos médicos le permitían desarrollar una vida normal”, subrayó.
Respecto a la necesaria y urgente reforma del proceso penal, que sigue sosteniéndose sobre cimientos del siglo XIX con más de medio centenar de reformas, el fiscal alabó que el Gobierno haya dado el paso de reformar en profundidad la ley para ajustarla a “la nueva criminalidad, que nada tiene que ver con la del siglo pasado”. Una legislación que crea inseguridad jurídica por las continuas interpretaciones de los tribunales.

Reformas a la vista

En este contexto es necesario incorporar importantes modificaciones como, entre otras, “la simplificación de los procedimientos; que el fiscal asuma la instrucción de los sumarios bajo el control de un juez de garantías; el establecimiento de la segunda instancia; un nuevo estatuto de la víctima para que recupere un protagonismo que no ha tenido durante el proceso penal; introducir límites a la acción popular o la posibilidad de que se recurran las sentencias absolutorias y podamos superar las condenas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”.
Santos se mostró partidario de que “la acción popular pueda en solitario solicitar la apertura de juicio oral porque es una garantía ante posibles situaciones de intervencionismo de la Fiscalía”. No obstante, “es necesario introducir algunos límites para evitar situaciones fraudulentas”. 

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