martes, 2 de diciembre de 2014

2 diciembre 2014 (3) La Razón (opinión)

2 diciembre 2014



Un juez obliga a retirar la calle del terrorista Vendrell, héroe independentista







El Juzgado Contencioso Administrativo de Barcelona ha ordenado al Ayuntamiento de Santa Coloma de Cervelló (Barcelona) que retire la calle dedicada al terrorista Jaume Martínez Vendrell, así como que elimine las correspondientes placas identificativas.

La familia del empresario catalán José María Bultó, llevaba años luchando para que el consistorio de Santa Coloma de Cervelló retirara la calle dedicada al terrorista condenado por el Tribunal Supremo como inductor del asesinato en 1977 del industrial textil, aunque éste nunca cumplió condena porque se fugó a Andorra y no se entregó a las autoridades españolas hasta poco antes de morir en 1989.

Hace un año y en pleno proceso soberanista, Esquerra Republicana de Cataluña reivindicó la calle dedicada al terrorista y pidió que se mantuviera tal cual está pese a incumplir la normativa por su «patriotismo catalán y su buen comportamiento ciudadano». La formación que encabeza Oriol Junqueras presentó entonces una resolución parlamentaria en la comisión de Asuntos Institucionales para defender el homenaje al terrorista ante el recurso contencioso-administrativo que había interpuesto la Delegación del Gobierno de Cataluña para que el Ayuntamiento retirara la placa de Martínez Vendrell. Con la iniciativa, ERC trataba de blindar la calle elegida en su recuerdo a la vez que desgastar a la delegada, Llanos de Luna, blanco de los soberanistas desde que tomó posesión de su cargo por sus recursos contra los Ayuntamientos e instituciones que sobrepasan la legalidad.

Delegación del Gobierno había solicitado a través de un requerimiento del 25 junio de 2012 que el consistorio, en el plazo de un mes, retirara el nombre del callejero en cumplimiento de la Ley de Protección de Víctimas de Terrorismo de 2011, que prohíbe explícitamente los homenajes a terroristas. Ante la negativa, la Abogacía del Estado intervino interponiendo un recurso que el juez de lo contencioso administrativo finalmente «estimó» y por el que ahora se pronuncia, «anulando la inactividad» del Ayuntamiento de Santa Coloma de Vendrell al «incumplir» el requerimiento formulado entonces por la Delegada y, por ello, «declara la obligación» del consistorio demandado de «retirar la dedicatoria de la calle a Martínez Vendrell y las correspondientes placas».

El juez considera que no existe responsabilidad penal por parte del Ayuntamiento con esta iniciativa ya que, destaca, «dedicar una calle no estaría dentro del tipo penal descrito en el artículo 578», que castiga con pena de prisión el enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos comprendidos en los artículos 571 al 577 o de quien haya participado en su ejecución o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares pero subraya que, aunque no se tipifique como delito penal, eso «no significa que no vulnere otro artículo, el 61 de la Ley 29/2011 de Reconocimiento y Protección Integral de las Víctimas del Terrorismo que establece la prohibición de exhibir públicamente monumentos, escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas o de exaltación o enaltecimiento individual o colectivo del terrorismo, de los terroristas o de las organizaciones terroristas».
Desde que la coalición formada por Entesa pel Progrés Municipal, ERC y CiU pusiera, con el apoyo del PSC y CiU la placa en el año 2002 a este hijo natal de la localidad por ser un «patriota catalán» ya que luchó contra el fascismo, los sucesivos gobiernos locales han mantenido el homenaje.

La Ley de 2011 abrió una esperanza para la familia Bultó que mediante el bufete Fúster Fabra Abogados ha venido denunciando los hechos y ante esto, Delegación del Gobierno de Cataluña tomó el testigo al ser el Estado garante de la dignidad de las víctimas, «estableciendo la prohibición de exhibir símbolos que hieran o menos caben su dignidad». Pero el Ayuntamiento gobernado por siete concejales de la formación Porgrés Entesa hizo caso omiso a un requerimiento ante la que la justicia se ha pronunciado reconociendo, entre otras cosas, que Delegación del Gobierno sí es competente para presentar dicho recurso –mientras que el consistorio alegaba que no. En el Parlamento catalán los partidos nacionalistas también hicieron caso omiso a la humillación a las víctimas que supone la permanencia de la calle, y todos los partidos, a excepción de Ciutadans, tumbaron una resolución del PP que exhibía la retirada de la calle.

En dicha sentencia, a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, el juez de lo contencioso-administrativo destaca que resulta «inconsistente» a estos efectos que se aluda a los principios de «libertad de expresión o autonomía local» en defensa de dicha calle.

Opinión:

Desde este humilde blog felicito a José Maria Fuster Fabra y a su equipo por el éxito conseguido. Tuve el honor de iniciar, en un tiempo muy remoto, la reclamación jurídica que ahora han conseguido y tengo muy claro que quien pone una bomba en el pecho de otro ciudadano para que le explote si se atreve a intentar quitársela, es un terrorista. Tanto el que idea y prepara el artilugio como para el que lo adhiere al cuerpo de la victima.
Entendería perfectamente que se pusiera el nombre de una calle a mucha gente de muy variadas profesiones, pero a quien dedico parte de su vida a preparar artilugios explosivos e incluso a adiestrar a otros a hacerlo, me parece una burla al sentido comun.

Y no me importa lo mas mínimo la “supuesta” ideología de quien lo haya hecho. Todas las ideas pueden defenderse con el uso de la palabra y de los votos pero jamás con el uno de la violencia. Y quien no entienda que poner bombas en el cuerpo de alguien, en su lugar de trabajo, en un cuartel o una comisaría o junto a un hotel es sinónimo de “terrorismo”, sinceramente, que se lo haga mirar.

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