jueves, 30 de marzo de 2017

30 marzo 2017 eldiario.es (opinión)

30 marzo 2017



La condena a Cassandra enfrenta a los jueces sobre la libertad de expresión en redes sociales
Los magistrados no tienen un criterio claro sobre cómo actuar con los casos de chistes en redes sociales
Varias sentencias absolutorias defienden que esos comentarios están enmarcados en la crítica política y protegidos por la libertad de expresión
Otros jueces consideran que alientan el discurso del odio y ponen "en grave peligro nuestra convivencia política y paz social"

La Audiencia Nacional ha condenado a Casandra Vera a un año de cárcel por hacer chistes en Twitter sobre Carrero Blanco. Los tres magistrados que firman la sentencia aprecian esos comentarios como humillantes para las víctimas del terrorismo, mientras otros jueces del mismo tribunal han considerado que este tipo de manifestaciones están amparadas por la libertad de expresión. La disparidad en las sentencias evidencia que los jueces carecen de un criterio único a la hora de juzgar determinadas expresiones en las redes sociales. 

El fallo conocido este martes sobre la joven murciana señala que chistes como "ETA impulsó una política contra los coches oficiales combinada con un programa espacial" suponen "desprecio, deshonra, descrédito, burla y afrenta" a las víctimas del terrorismo. El resultado es una condena a un año de cárcel, que previsiblemente no cumplirá. La Fiscalía solicitaba inicialmente dos años de prisión.

Así, mientras unos magistrados de la Audiencia Nacional creen que ese tipo de bromas deben ser castigadas con pena de cárcel, otros defienden que se trata solo de comentarios que, a pesar de su posible mal gusto, no encajan en ningún ilícito penal. En este contexto se dan fallos sin unanimidad, como el que absolvió al líder de Def con Dos, César Strawberry.

Sus chistes y comentarios, que incluían menciones a Carrero Blanco, fueron interpretados por la mayoría del tribunal como una extensión de las letras de sus canciones,  "con un tono crítico con la realidad social y política, tratando que el público comprenda el sentido metafórico y ficticio que envuelven sus obras, respecto al concepto de fondo siempre de carácter pacífico y exclusivamente cultural.

Durante el juicio, el cantante se defendió asegurando que nunca había buscado enaltecer el terrorismo: "Jamás en la vida lo he hecho, ni lo haré". "Siempre he utilizado el humor, el sarcasmo, la ironía contra el centro comercial cultural que nos quiere inculcar el sistema", añadió.

El tribunal analizó uno a uno tuits como "El fascismo sin complejos de Esperanza Aguirre me hace añorar hasta los GRAPO” o "A Ortega Lara habría que secuestrarle ahora”, y vio en ellos ironía y crítica política. Nunca percibió enaltecimiento del terrorismo o llamadas a la vuelta de la violencia. "No puede entenderse que con esta manifestación pretenda el acusado hacer apología del terrorismo y provocar el discurso del odio", añadieron.

Otra sentencia tuvo recientemente un pronunciamiento similar. En este caso el acusado era el abogado Arkaitz Terrón, en el banquillo de la Audiencia Nacional por comentarios como "no entiendo por qué la placa de Carrero no se la ponen los productores de cava. El día que ETA lo hizo volar se descorcharon muchas botellas!". En su caso, se defendió ante el tribunal que lo condenó alegando que sus comentarios se enmarcaban en la crítica política a un sistema que no compartía. Como Strawberry, negó que hubiese intención de alentar la violencia terrorista o reírse de las víctimas.

"Preservar al máximo el pluralismo"

Los magistrados también lo entendieron así. Consideraron que sus comentarios se produjeron dentro del debate político que se da en Twitter, un terreno "abonado para la controversia en el que debemos preservar al máximo el pluralismo". Los tuits "deben considerarse en su contexto", y en ningún caso contienen "alabanza o justificación del crimen terrorista ni de sus culpables".

Hay otro caso que guarda cierta relación con el de Cassandra. El concejal de Ahora Madrid Guillermo Zapata acabó en el banquillo de la Audiencia Nacional por un solo tuits como "Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcasser para que no vaya Irene Villa a por repuestos". El tribunal sentenció que los comentarios era "seguramente reprobables" pero no en el ámbito penal y los enmarcó en un debate sobre los límites del humos negro. 

El caso de Zapata evidenció especialmente la disparidad de criterios de los jueces sobre este asunto. El magistrado que instruyó el caso, Santiago Pedraz, lo archivó en varias ocasiones –la Sala de lo Penal le obligó a reabrir el caso– utilizando los argumentos con los que Irene Villa había definido los comentarios sobre ella: era un chiste de "humor negro" cuyo ánimo es muy distinto al de desprestigiar o rebajar la dignidad de las víctimas.

Este es otro elemento común en estos casos. Las víctimas aludidas en los tuits siempre han defendido que no se sintieron humilladas. Así lo dijeron Irene Villa o el diputado socialista Eduardo Madina. "Me decepcionó. Me parece una mierda de chiste", dijo sobre uno de los comentarios de Strawberry por los que fue juzgado: "Street Fighter, edición post ETA: Ortega Lara versus Eduardo Madina".

En el caso de Cassandra, la tuitera aportó una carta de la nieta de Carrero Blanco en la que tildaba de "disparate" pedir cárcel por unos chistes. "Me asusta una sociedad en la que la libertad de expresión, por lamentable que sea, pueda acarrear penas de prisión", escribía.

El Supremo se impone

La disparidad de criterios de los jueces la ha resuelto por ahora el Tribunal Supremo imponiendo su criterio en la sentencia condenatoria a Straawberry. "La libertad de expresión no pueden ofrecer cobijo a la exteriorización de expresiones que encierran un injustificable desprecio hacia las víctimas del terrorismo, hasta conllevar su humillación", señaló el tribunal.

Tras estudiar el recurso de la Fiscalía, condenó al cantante a un año de cárcel y reprochó a los jueces de la Audiencia Nacional que hubiesen trivializado los comentarios del cantante que, en opinión del Supremo, ponían "en grave peligro nuestra convivencia política y paz social".

La sentencia del Supremo ha llevado a muchos acusados a pactar con la Fiscalía penas inferiores a dos años para evitar la cárcel. Por ahora se impone su criterio, a falta de que se pronuncien el Tribunal Constitucional o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, a donde acusados como Strawberry están dispuestos a llegar para defender que sus tuits están amparados por la libertad de expresión.

Opinión:

Por partes.

La legislación creada por la clase política y representada por el Congreso de los Diputados presenta lo que se denomina “humillación a las víctimas del terrorismo”. Por lo tanto, si la legislación se aplica las consecuencias son las que son.
Otro tema puede ser (o no) si la sentencia es demasiado contundente. Por otro lado, el hecho de que las víctimas directamente afectadas no se consideren afectadas sería digno de estudio.
Pero por la misma razón, ahora presento mi sugerencia: por el tuit publicado por el periodista Alfonso Rojo “Colau ‘dispara en la nuca’ a las víctimas de ETA en el Hipercor”….

La Fiscalía ¿piensa iniciar acciones?
Las asociaciones de víctimas ¿piensan iniciar acciones?

La Fundación de Víctimas del Terrorismo ¿piensa iniciar acciones?

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